A partir del 1ro de abril del 2016, entró en vigencia la nueva reglamentación sobre el transporte aéreo de baterías de litio.
Los cambios en las restricciones para baterías de litio son:
1. UN 3480, PI 965, Sección IA y IB:
Las pilas y baterías de ión litio (Lithium-ion) deben ser presentadas para su transporte en un estado de carga (SoC) que no supere el 30% de su capacidad nominal.
Las células y/o baterías en un SoC de más del 30% de su capacidad nominal sólo se pueden enviar con la aprobación del Estado de origen y el Estado del explotador, en las condiciones establecidas por escrito por dichas autoridades.
Nota: Orientación y metodología para la determinación de la capacidad nominal se pueden encontrar en la 5ª edición revisada, enmienda 1 y enmienda 2, Sección 38.3.2.3. del Manual de Pruebas y Criterios de las Naciones Unidas (UN Manual of Tests and Criteria).
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