El primer acuerdo multilateral concluido en los 21 años de existencia de la Organización Mundial del Comercio, entró en vigor este 22 de febrero de 2017. La entrada en vigor de este Acuerdo, que tiene por objeto agilizar el movimiento, el levante y el despacho de las mercancías a través de las fronteras, abre una nueva etapa de reformas para la facilitación del comercio en todo el mundo y supone un estímulo importante para el comercio y el sistema multilateral de comercio en su conjunto.
Al recibir cuatro nuevas ratificaciones -las de Rwanda, Omán, el Chad y Jordania – la OMC ha obtenido la aceptación del Acuerdo sobre Facilitación del Comercio (AFC) por dos tercios de los 164 Miembros de la Organización, mínimo requerido para la entrada en vigor del AFC. El número total de ratificaciones superó el umbral requerido de 110.
Se prevé que la plena aplicación del AFC reducirá los costos del comercio de los Miembros en un 14,3%, en promedio, y serán los países en desarrollo los que más se beneficien.
También es probable que el AFC reduzca en más de un día y medio el tiempo necesario para importar mercancías y en casi dos días el plazo necesario para exportar, lo que representa una reducción del 47% y del 91% respectivamente respecto del promedio actual.
Cuando el AFC se aplique en su totalidad, se prevé que los países en desarrollo aumentarán el número de nuevos productos exportados hasta un 20%, y es probable que los PMA registren un aumento de hasta el 35%, según un estudio de la OMC realizado en el año 2015.
“El trabajo de verdad no ha hecho más que empezar. Esta es la mayor reforma del comercio mundial en una generación. Puede contribuir de forma notable al crecimiento y al desarrollo en todo el mundo. Ahora, trabajando juntos, tenemos la responsabilidad de aplicar el Acuerdo y de hacer realidad esos beneficios”, expresó El Director General de la OMC, Roberto Azevêdo.
> Lea completo el Discurso del Director General Roberto Azevêdo en la Conferencia de prensa.
A petición de los países en desarrollo y países menos adelantados, se estableció un Mecanismo para el Acuerdo sobre Facilitación del Comercio, a fin de contribuir a que dichos países reciban la ayuda que necesitan para poder beneficiarse plenamente del AFC y favorecer la realización del objetivo último de lograr la completa aplicación de este nuevo Acuerdo por todos los Miembros. Puede obtenerse más información sobre el Mecanismo en la siguiente dirección: www.TFAFacility.org.
Los países desarrollados se han comprometido a aplicar inmediatamente el Acuerdo, que prevé una amplia gama de reformas en materia de facilitación del comercio. A lo largo de 12 artículos, el AFC prescribe muchas medidas para mejorar la transparencia y la previsibilidad del comercio transfronterizo y crear un entorno comercial menos discriminatorio. Las disposiciones del AFC incluyen mejoras en la disponibilidad y la publicación de información sobre los procedimientos y las prácticas transfronterizos, mejores derechos de recurso para los comerciantes, menores tasas y formalidades en relación con la importación y la exportación de mercancías, procedimientos de despacho más rápidos y mejores condiciones para la libertad de tránsito de las mercancías. El Acuerdo también contiene medidas para la cooperación efectiva entre las aduanas y otras autoridades en cuestiones relativas a la facilitación del comercio y el cumplimiento de los procedimientos aduaneros.
Los países en desarrollo, por su parte, aplicarán con carácter inmediato solamente las disposiciones del AFC que hayan designado como compromisos de la “categoría A”. En el caso de las demás disposiciones del Acuerdo, deben indicar cuándo se aplicarán y qué apoyo para la creación de capacidad necesitarán para poder implementar esas disposiciones, denominadas compromisos de las categorías B y C. Hasta la fecha, 90 Miembros de la OMC han notificado ya sus compromisos de la categoría A.
A fecha de hoy, han aceptado el AFC los siguientes Miembros de la OMC: Hong Kong, China; Singapur; Estados Unidos; Mauricio; Malasia; Japón; Australia; Botswana; Trinidad y Tobago; República de Corea; Nicaragua; Níger; Belice; Suiza; Taipei Chino; China; Liechtenstein; República Democrática Popular Lao; Nueva Zelandia; Togo; Tailandia; Unión Europea (en nombre de sus 28 Estados miembros); ex República Yugoslava de Macedonia; Pakistán; Panamá; Guyana; Côte d’Ivoire; Granada; Santa Lucía; Kenya; Myanmar; Noruega; Viet Nam; Brunei Darussalam; Ucrania; Zambia; Lesotho; Georgia; Seychelles; Jamaica; Malí; Camboya; Paraguay; Turquía; Brasil; Macao, China; Emiratos Árabes Unidos; Samoa; India; Federación de Rusia; Montenegro; Albania; Kazajstán; Sri Lanka; Saint Kitts y Nevis; Madagascar; República de Moldova; El Salvador; Honduras; México; Perú; Saudi Arabia; Afghanistan; Senegal; Uruguay; Bahrain; Bangladesh; Filipinas; Islandia; Chile; Swazilandia; Dominica; Mongolia; Gabón; República Kirguisa; Canadá; Ghana; Mozambique; San Vicente y las Granadinas; Nigeria; Nepal; Rwanda; Omán; Chad y Jordania.
(En la foto: Director General Azevêdo con (de izquierda a derecha) el embajador de Rwanda, François Xavier Ngarambe; el embajador de el Chad, Malloum Bamanga Abbas; la embajadora de Jordania, Saja Majali y Abdulla Nasser Musallam Al Rahbi, de Omán).
Encuentre más información sobre la OMC y la facilitación del comercio en: www.wto.org/tradefacilitation.